La Comisaria de Competencia, Neelie Kroes, ha declarado: « Millones de consumidores europeos se beneficiarán de esta decisión al poder elegir libremente los navegadores que utilizan. Esta elección no solo servirá para facilitar el acceso de los usuarios a internet ahora, sino que será un incentivo para que las empresas de navegadores innoven y ofrezcan al público mejores navegadores en el futuro ».
Según los compromisos aprobados por la Comisión, Microsoft ofrecerá durante cinco años en el Espacio Económico Europeo (a través de Windows Update) una «pantalla de elección de navegador» que permita a los usuarios de Windows XP, Windows Vista y Windows 7 elegir qué navegadores quieren instalar además del navegador de Microsoft, Internet Explorer, o en su lugar.
Los compromisos establecen además que los fabricantes de ordenadores podrán instalar navegadores de la competencia, configurarlos como navegador por defecto y desconectar Internet Explorer.
La Decisión de hoy es consecuencia del pliego de cargos enviado a Microsoft por la Comisión el 15 de enero de 2009 (véase MEMO/09/15 ), que resumía la opinión preliminar de la Comisión según la cual Microsoft podría haber infringido el artículo 82 del Tratado CE (ahora artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) al abusar de su posición dominante en el mercado de sistemas operativos para ordenadores personales clientes al vincular Internet Explorer a Windows.
La opinión preliminar de la Comisión era que Microsoft había falseado la competencia al vincular Internet Explorer a Windows. Efectivamente, Microsoft ofrecía, en más del 90 % de los ordenadores personales, una ventaja artificial en materia de distribución que no guardaba relación con las cualidades de su producto.
Además, según la opinión preliminar de la Comisión, esta vinculación impedía la innovación en el mercado y creaba incentivos artificiales para los creadores de productos informáticos y proveedores de contenidos para diseñar sus productos o páginas web fundamentalmente para Internet Explorer.
Los compromisos aprobados responden a estas objeciones. Los usuarios de ordenadores personales, mediante la pantalla de elección de navegador, podrán elegir de manera efectiva e imparcial entre el navegador de Microsoft y los navegadores rivales. Esto garantizará la competencia en igualdad de condiciones y permitirá a los consumidores beneficiarse de los avances técnicos y de la innovación, tanto en el mercado de navegadores como en sus mercados afines, por ejemplo, las aplicaciones basadas en internet.
La Decisión de la Comisión está fundada en el artículo 9 del Reglamento 1/2003 relativo a la aplicación de las normas comunitarias de competencia y tiene en cuenta los resultados de la prueba de mercado realizada en octubre de 2009 (véase MEMO/09/439 ). Esta Decisión, que no se pronuncia sobre si existe una infracción, vincula legalmente a Microsoft con los compromisos que ha ofrecido y pone fin a la investigación de la Comisión. Si Microsoft incumpliera sus compromisos, la Comisión podría imponerle una multa de hasta el 10 % de su volumen de negocios anual total sin necesidad de demostrar una infracción de las normas comunitarias en materia de competencia.
Una cláusula de los compromisos permite que la Comisión los revise dentro de dos años. Microsoft informará a la Comisión regularmente, comenzando dentro de seis meses, sobre la aplicación de los compromisos y, con determinadas condiciones, introducirá cambios en la pantalla de elección de navegador si la Comisión lo solicita.
Información sobre la interoperatividad
En julio de 2009, Microsoft hizo también propuestas en relación con la divulgación de información que mejorarían la interoperatividad entre los productos de terceros y diversos productos de Microsoft, incluidos Windows, Windows Server, Office, Exchange y SharePoint (véase MEMO/09/352 ).
Tras intensas conversaciones con la Comisión, Microsoft hace pública hoy en su página web una versión mejorada del compromiso y de los documentos conexos (por ejemplo, un acuerdo de garantía y un acuerdo de licencia de patente). La Comisión acoge favorablemente esta iniciativa para mejorar la interoperatividad. Aun cuando no sea un compromiso formal con la Comisión, el compromiso público de Microsoft ofrece garantías con respecto a su aplicación por terceros. La Comisión controlará rigurosamente el impacto de este compromiso en el mercado y tomará en cuenta sus resultados en la investigación pendiente en materia de competencia relativa a la interoperatividad (véase MEMO/08/19 ).
- Véanse también MEMO/09/558 und MEMO/09/559 .
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